Las organizaciones de mujeres hemos apostado y seguimos apostando por la corresponsabilidad en el cuidado de los hijos e hijas, por que aspiramos a una sociedad más igualitaria donde también el reparto de las cargas familiares sea una realidad para hombres y mujeres. Por eso, ante los casos de separación y divorcio entendemos que la custodia hacia los menores debe desarrollarse siempre de forma responsable, y que el régimen de custodia compartida SOLO PUEDE OBTENERSE CUANDO AMBOS PROGENITORES ESTEN DE ACUERDO.
DECIMOS NO A LA CUSTODIA COMPARTIDA
Decimos no a la imposición judicial de la custodia compartida en contencioso o ante una petición efectuada solo por uno de los progenitores, porque...
- Es imprescindible que exista muy buena comunicación entre ambos progenitores.
- Es imprescindible el intercambio de puntos de vista para unificar pautas de conducta hacia el menor.
- Es imprescindible ofrecer una estabilidad emocional al menor.
- Es imprescindible que existencia libertad para pactar el compromiso de corresponsabilidad que adquieren ambos progenitores.
- Cuando una ex pareja acude a la vía contenciosa en muchos casos no existe comunicación entre ambos progenitores y si existe se encuentra totalmente deteriorada y en ningún caso son capaces de unificar pautas de conducta hacia el menor.
- Fácilmente utilizaran al menor como arma arrojadiza desestabilizándole emocionalmente.
- Al imponerse la forma que se llevara a efecto la custodia una de las dos partes no estará conforme.
- La relación entre los ex-cónyuges, en los que ya había un deterioro profundo en su relación de pareja, podría ocasionar grandes conflictos.
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